Procedimiento para Obtener la Nueva Tarjeta Patronal IMSS Digital

Procedimiento para Obtener la Nueva Tarjeta Patronal IMSS Digital

Al 8 de septiembre de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.310826/238.P.DIR, del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por el que se aprueba la generación obligatoria de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital, así como la actualización de la relación de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse en el Buzón IMSS y sus anexos I y II.

Con la publicación de este Acuerdo, se formaliza lo que el Instituto había dado a conocer el pasado 1 de septiembre en su boletín 463/2026, mediante el cual adelantó que el Instituto liberará la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) Digital, con lo cual ésta se podrá emitir y consultar totalmente en línea, mediante el Buzón IMSS, con el propósito de simplificar el trámite, homologar su formato y fortalecer los mecanismos de autenticidad.

Acuerdos

Se aprueba:

  • La generación obligatoria de la TIP, a través del Buzón IMSS.
  • El uso de la TIP Digital en la realización de trámites.
  • La actualización de la relación de trámites y servicios disponibles, ofrecidos en el Buzón IMSS.
  • Instruir a los funcionarios de las áreas correspondientes a realizar las adecuaciones necesarias para la implementación de la TIP Digital.

Procedimiento para la generación de la TIP

  1. Ingresar al Buzón IMSS, mediante la página www.imss.gob.mx/buzonimss, utilizando el medio de autenticación correspondiente.
  2. En el menú principal, en la sección “Afiliación y Cobranza”, seleccionar la opción “Mi TIP”.
  3. Escribir y seleccionar el Registro Patronal para el cual se desea obtener la generación de la TIP.
  4. Verificar que la lista de personas autorizadas sea correcta (máximo 3). En caso de requerir cambios, realizar el alta usando la CURP, o la baja de las personas autorizadas.
  5. Dar clic en el botón “Generar TIP”. El sistema mostrará la información de las personas autorizadas para revisión; si es correcta, se deberá aceptar la generación de la TIP, la cual se descargará en formato PDF, para guardarla o imprimirla.
  6. Una vez generada la reimpresión de la TIP, se deberá dar clic en el ícono “Descargar PDF”, para obtener el documento en formato PDF cuantas veces se requiera.

Vigencia

El Acuerdo y sus Anexos entrarán en vigor 15 días naturales posteriores a la fecha de su publicación en el DOF.

Fuente: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5798132&fecha=08/09/2026#gsc.tab=0

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