Servicios de Consultoría Fiscal Nacional e Internacional
Tranquilidad en la entidad económica que nos permita atender la generación de negocios, pero sobre todo tranquilidad con las autoridades, como en su caso son la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, entre otros.
Asesoramos en la determinación de Impuestos Federales, para cumplir plenamente con sus obligaciones en estas áreas, la presentación de todo tipo de información que las autoridades requieran, la revisión de políticas de contabilidad y registros, a fin de observar cualquier operación que dé lugar a una causación de tributos extraordinarios, o bien, el supuesto de que nuestros especialistas puedan informar los beneficios otorgados por las autoridades a través de incentivos fiscales.
La determinación de las contribuciones causadas por las que está sujeta u obligada la empresa, en su caso, como Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Empresarial a Tasa Única, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Depósitos en Efectivo, tanto para la determinación de los pagos provisionales como el impuesto anual.
Cuando las autoridades ejercen sus facultades de comprobación, Revisiones de gabinete, Auditorías, invitaciones o exigencias, apoyamos y contribuimos a su empresa para prestar la debida atención a las autoridades.
La incertidumbre acerca de la interpretación correcta de las leyes que nos afectan en el cálculo y liquidación de los impuestos. Con base a nuestra asesoría y consultoría, confirmamos que los criterios emitidos por las autoridades correspondientes, estén siendo aplicados correctamente todas las legislaciones fiscales.
La documentación de operaciones entre partes relacionadas, tanto en el extranjero, como las residentes en México, para demostrar que estos están de acuerdo con montos, contraprestaciones, y condiciones que hubieran pactado partes independientes en operaciones comparables, cumpliendo con el principio de plena competencia, a través de las directrices emitidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Con las autoridades fiscales en México y en el extranjero, a fin de confirmar que las contraprestaciones hacia y desde las partes relacionadas se acordaron a valor de mercado, en las mismas condiciones y precios que entre partes independientes en operaciones comparables, dicha resolución sirve para el año fiscal anterior a la consulta, el ejercicio de la consulta y los tres siguientes.
El seguimiento de los pagos efectuados a los extranjeros, la determinación del Impuesto Sobre la Renta a retener, y la correcta aplicación de los Tratados para Evitar la Doble Tributación.
La correcta y adecuada determinación del impuesto en México sobre los pagos efectuados a los extranjeros que trabajan en México, tanto por concepto de sueldos y salarios, o bien por honorarios.