Introducción El pasado 8 de septiembre de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hizo entrega del paquete económico para 2026. ¿Por qué es importante conocer el Paquete Económico? Porque contiene disposiciones que definen el rumbo de la política fiscal y económica del país. En él se incluyen: Criterios Generales de Política Económica. Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2026. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF). Iniciativa de Miscelánea Fiscal (cambios a las leyes fiscales). En un entorno económico global complejo y con la constante necesidad del Estado de recaudar recursos para financiar programas sociales e infraestructura, entender el Paquete Económico no es solo una cuestión técnica, sino una herramienta de competitividad y prevención de riesgos fiscales. Conscientes de esto, Grupo México Fiscal ha preparado para ustedes un Resumen Ejecutivo de los principales cambios que se proponen para 2026 y su posible impacto en los contribuyentes. Principales Cambios Fiscales para 2026 Incremento a las tasas de recargos (prórroga y mora). La tasa de retención anual de ISR sobre los intereses (ARTS-54 y 135 LISR pasará del 0.50 % al 0.90%. Se dará continuidad al programa de regularización fiscal que aplicó en 2025, mediante el cual se condonan condonación de multas, recargos y gastos de ejecución, siempre que se cumplan requisitos. Se otorgará un beneficio en el ISR por la repatriación de capitales. Cambios en ISR e IVA para Plataformas Digitales Se homologará la tasa de retención aplicable a personas físicas que perciben ingresos mediante plataformas tecnológicas a la tasa máxima de 2.5% del Régimen Simplificado de Confianza (Resico) de personas físicas. Las personas morales con ingresos por enajenación de bienes y prestación de servicios a través de plataformas digitales pagarán el ISR y el IVA por dichos ingresos, mediante retención que efectuarán los citados medios, aplicando las tasas siguientes:Para personas morales que proporcionen su RFC: retención de ISR del 4 % y 8% de IVA. Para personas morales que no proporcionen su RFC: retención de ISR del 20 % y 16% de IVA. Obligación de emitir comprobantes fiscales (CFDI), reportes y enteros mensuales. Código Fiscal de la Federación (CFF) En esta ocasión es el Código Fiscal de la Federación el que sufre modificaciones en sus disposiciones, la mayoría de los cambios con un fin totalmente recaudatorio. Se considerará que los comprobantes son falsos, no solamente cuando sean apócrifos, también cuando amparen operaciones inexistentes; con esto, la autoridad incrementará sus revisiones para combatir la evasión de impuestos. Se establecen sanciones penales contra los involucrados en la emisión, comercialización o utilización de CFDI falsos. Se establece una variante de visita domiciliaria para verificar que se cumpla con la veracidad de los CFDIs, así como realizar una determinación respecto de la emisión de falsos comprobantes fiscales, la cual cuenta con plazos reducidos para su atención y a la que no le aplican prórrogas en los plazos. Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), quedan liberados de la obligación de presentar la declaración anual del ISR. Se incrementarán los días para hacer las notificaciones personales, por buzón tributario, por estrados y por edictos. Se adicionan nuevas causales de restricción de certificados de sello digital. Se otorgan facultades a la autoridad fiscal para suspender actividades e incluso cancelar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a quienes se encuentren inactivos. Las autoridades fiscales podrán autorizar el uso de herramientas tecnológicas para generar fotografías, audios o videos del desarrollo de las diligencias que practiquen, respecto de los hechos y omisiones que se hubieren conocido, así como de los bienes descubiertos al amparo de la orden respectiva. Cambios en materia de información que debe proporcionarse en una revisión de gabinete. Se asimila al delito de contrabando el no imprimir el código de seguridad en las cajetillas de cigarros para su venta en México. Se incorpora como conducta delictiva cuando no se acredite el no arribo de mercancías de comercio exterior al almacén general de depósito por caso fortuito o de fuerza mayor. Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Se proponen incrementos sustanciales en diversas cuotas de IEPS como son bebidas saborizadas, tabacos y juegos con apuestas. Se propone adicionar una tasa IEPS del 8% para videojuegos con contenido violento, contenido sexual explícito, lenguaje fuerte o apuestas con moneda real. Conclusión Es evidente que estos cambios proponen un 2026 en donde la prioridad gubernamental será la recaudación y, con ello, nos espera un entorno de mucha fiscalización. Será muy importante hacer un análisis específico para tu tipo de empresa (sector, tamaño, actividades) y observar cuáles de estos cambios te afectarán más y cómo evitar caer en riesgos y, si ya te encuentras en ellos, mitigar o aprovechar este Programa de Regularización Fiscal que continuará en 2026. Grupo México Fiscal está a tu disposición a través de nuestros especialistas en las distintas áreas: fiscal, contable, legal y administrativa para ayudarte en ese análisis.