Nuevo aplicativo para los pagos provisionales de Personas Físicas

Acerca de este curso
- ¿Qué información viene precargada?
- Novedades: campos nuevos y ¿campos faltantes?
- Ejemplo de Llenado de una declaración.
- Comentarios Finales.
Contenido del curso
Videos
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Introducción
09:16 -
Presentación de la Declaración
01:17:04
Valoraciones y reseñas de estudiantes
Si para porque siempre se aprende algo nuevo, sin embargo un par de cosas que creo confunden mas de lo que aclarar, me refiero a lo que comentaron con respecto a que si un cliente deposita y no avisa (y no tenemos facilidad de identificarlo inmediatamente sino meses después), de entrada se debe declarar el monto en el mes en que depositaron y cuando se identifica al cliente (desde mi punto de vista) por ningún motivo se puede facturar con método de pago PUE siempre debe ser PPD y debe hacerse un complemento de pago con la fecha en que se recibió el ingreso si bien se va a realizar fuera del plazo establecido de los 5 días posteriores al mes en que se recibió el ingreso creo que es mejor que realizarla en PUE. Con respecto a lo que comento una Contadora con respecto a sus propias deducciones no le cuadran con lo que tiene el SAT yo lo que hago es entrar al -SAT - facturas -Consulta, cancela y recupera tus facturas y hay aparace el listado de facturas recibidas con ese puede revisar lo que le facturaron en el mes y tristemente ahora están realizando facturación sin tener una relación con ese proveedor (no se conque finalidad) y sobre todo hay facturación de nóminas de diversos "patrones" y no hay quien se responsabilice de eliminar eso.