Pago del Impuesto Anual de Personas Físicas en Parcialidades

Abril es el mes en que las personas físicas presentan su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023.El Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer que los contribuyentes personas físicas con saldo a pagar en su declaración anual, tendrán la opción de diferir el pago hasta en 6 parcialidades.

Esta facilidad será aplicable siempre y cuando el contribuyente presente su declaración anual y realice el pago de la primera parcialidad dentro del mes de abril 2024. Además se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

  • Las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que corresponda.
  • Se deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
  • Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “Impresión de acuse”.
  • Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas.
  • Existe la opción de pagos anticipados.
  • En caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
  • La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, en su caso, los recargos señalados anteriormente.

Recuerda que la Declaración Anual de personas físicas es una obligación para:

  • Sueldos y salarios:

a) De un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.

b) Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.

c) Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.

d) Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.

e) Si además obtuvieron ingresos por indemnización.

f) Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

g) Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.

  • Servicios profesionales.
  • Actividades empresariales (Incluye plataformas digitales, región fronteriza, RIF con coeficiente de utilidad).
  • Arrendamiento de bienes inmuebles.
  • Enajenación o adquisición de bienes.
  • Intereses o dividendos.

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