
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado un nuevo estímulo para la regularización fiscal dirigido a personas físicas y morales que generaron ingresos de hasta 35 millones de pesos. Este incentivo es aplicable a las contribuciones propias, retenidas, trasladadas, de comercio exterior y a las cuotas compensatorias correspondientes a los ejercicios fiscales 2023 o anteriores.
Sin embargo, los contribuyentes no deben haber recibido alguna condonación en los programas generalizados de 2000, 2007 y 2013, ni contar con una sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal, además no deben estar incluidos en los listados definitivos relacionados con los artículos 69-B o 69-B Bis, del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Este incentivo, contemplado en la Ley de Ingresos de la Federación 2025, consiste en una disminución del 100% en las multas, incluyendo aquellas con agravantes, así como recargos y gastos de ejecución. No obstante, esta reducción no se aplica al monto total de las contribuciones o cuotas compensatorias.
Los contribuyentes que cumplan con alguno de los siguientes supuestos pueden acceder a este beneficio:
a) Contribuyentes con Contribuciones Omitidas
Los contribuyentes que tienen contribuciones omitidas actualizadas pueden aplicar el estímulo solicitando su línea de captura a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT y realizar el pago en una sola exhibición. También es posible acudir a una cita presencial en las oficinas del SAT o utilizar la Oficina Virtual.
b) Contribuyentes Sujetos a Facultades de Comprobación
Estos contribuyentes pueden aplicar el descuento siempre que subsanen las irregularidades detectadas y se autocorrijan dentro del plazo establecido por el procedimiento correspondiente. La solicitud debe hacerse antes de que se notifique la resolución que determina las contribuciones omitidas.
c) Contribuyentes con Créditos Fiscales a Cargo
Si al 1 de enero de 2025 se mantiene un saldo pendiente de pago, los contribuyentes pueden solicitar el descuento siempre que realicen el pago en una sola exhibición del saldo no cubierto de las contribuciones omitidas actualizadas. Esto se puede solicitar a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT o en las oficinas del SAT y la Oficina Virtual.
d) Contribuyentes con Créditos Fiscales Firmes
Los contribuyentes con créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal, que no hayan sido impugnados, o bien se hayan desistido de su medio de defensa, pueden solicitar la disminución del crédito fiscal mediante el Portal del SAT o en una cita presencial.
En este caso, los contribuyentes podrán realizar el pago de hasta seis parcialidades, siempre que no se encuentren en concurso mercantil o hayan sido declarados en quiebra. Los pagos deben hacerse a más tardar en las fechas de vencimiento de cada línea de captura. Si se incumple, el descuento aplicado dejará de surtir efecto.
Con la presentación de la solicitud para la regularización, se suspenderá el procedimiento administrativo de ejecución sin la necesidad de garantizar el interés fiscal, interrumpiendo además el término de prescripción.
En los últimos dos supuestos, los contribuyentes deben reconocer y ser conscientes del crédito fiscal, aceptando que cualquier reclamación de este, se anulará el beneficio del descuento; es decir, dejará de ser válido.
El estímulo fiscal no se considerará ingreso acumulable para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta y no dará lugar a devolución, deducción, compensación, acreditamiento o saldo a favor. La autoridad competente se reserva el derecho de verificar que los contribuyentes que aplicaron el estímulo cumplan con todos los requisitos y condiciones.
Para más información, se puede visitar el minisitio del programa de Regularización Fiscal 2025: http://omawww.sat.gob.mx/Adeudos_Fiscales/Paginas/RegularizacionFiscal/LIF/index.html
Además, para recibir orientación, los contribuyentes pueden acudir a cualquier oficina sin cita, o utilizar los siguientes canales de atención:
- MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9, seguida de la 3.
- Chat uno a uno.
- OrientaSAT.
- Oficina Virtual.