El 7 de junio de 2023 se dio a conocer a través de Redes Sociales el Dictamen de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 037, relativa al Teletrabajo, Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Análisis de Impacto Regulatorio (SIR) por parte de la Comisión Nacional Regulatoria (CONAMER), por lo que el día 8 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en una edición vespertina.
Esta Norma se está esperando desde la publicación del Decreto por el que se reformó el artículo 311 y se adicionó el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de Teletrabajo.
Será muy importante que aquellos patrones que cuentan con Teletrabajadores (trabajo en modalidad “Home Office”) la implanten en sus centros de trabajo, ya que estarán obligados a cumplir con dicha norma para no hacerse acreedores a una multa de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de $25,935.00 a $518,700.00
La NOM 037 contiene temas tales como:
- Obligaciones para los patrones.
- Obligaciones para los trabajadores.
- Condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo.
- Capacitación y adiestramiento.
- Política de Teletrabajo.
- Selección de candidatos para el Teletrabajo.
- Recomendaciones previas al Teletrabajo y para seleccionar una silla ergonómica.
Esta norma comienza su vigencia a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el DOF, es decir, comienza su aplicación obligatoria el 5 de diciembre de 2023.
Fuentes
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5691672&fecha=08/06/2023#gsc.tab=0